(FNM) El pasado viernes, la Organización Marítima Internacional adoptó reglas de cumplimiento global obligatorio para buques que utilicen Gas Natural Licuado (GNL) como combustible.
(FNM) El pasado viernes, la Organización Marítima Internacional adoptó reglas de cumplimiento global obligatorio para buques que utilicen Gas Natural Licuado (GNL) como combustible.
El código de seguridad para buques que usan gases como combustible (conocido como Código IGF), está apuntado a mejorar los niveles de seguridad de buques que utilicen GNL y otros combustibles de bajo punto de inflamación, así como a homogeneizar las normas.
Las reglas entrarán en vigor en 2017 y se aplican a barcos nuevos o convertidos a gas. La adopción del código se aprobó en la 95ª sesión del Comité de Seguridad Marítima (MSC 95), que se desarrolló en Londres entre los días 3 y 12 de junio.
Los cambios al Capítulo II-1 del SOLAS “Construcción – Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas”, incluyen enmiendas en su Parte F: “Proyectos y disposiciones alternativos”, para proporcionar una metodología para los diseños y arreglos alternativos para maquinaria, instalaciones eléctricas y sistemas de almacenamiento y distribución de combustibles de bajo punto de inflamación. También se añade una enmienda a la Parte G: “Buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación” para incorporar nuevas reglas que exijan que los buques construidos después de la fecha de entrada de vigor del Código (1 de enero de 2017) cumplan los requerimientos del Código IGF, junto con las enmiendas correspondientes al Capítulo II-2 y Apéndices (Certificados).
El Código IGF establecerá prescripciones de carácter obligatorio para la disposición, instalación, control y vigilancia de maquinaria, equipo y sistemas que consumen combustibles de bajo punto de inflamación, centrándose inicialmente en el gas natural licuado.
El Código aborda todas las áreas que requieren especial consideración en cuanto al uso de combustibles de bajo punto de inflamación, centrándose inicialmente en el gas natural licuado, con un enfoque basado en objetivos, y con requerimientos y metas funcionales específicas para cada sección relativa al proyecto, construcción y operación de los buques.
El MSC también adoptó enmiendas al Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Convenio de Formación) y al Código de Formación con el fin de incluir nuevos requisitos obligatorios para la formación y la titulación de capitanes, oficiales, marineros y otro personal en buques sujetos al Código IGF. Las enmiendas también entrarán en vigor el 1 de enero de 2017, en línea con las enmiendas del SOLAS relacionadas con el Código IGF. (Fuentes MarEx y OMI)
18/06/15