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El gelatinoso calamar y el empleo pesquero en riesgo

(FNM) Ya casi nada  nos asombra;  y  por lo tanto,  es  muy  poco probable que nos llamen la atención cuestiones tan complejas, manejadas por el Estado con –al menos- tan poca idoneidad. 

 Que en medio de la peor captura de calamar  argentina  de  los últimos diez años,  se pretenda aumentar el esfuerzo pesquero sobre esta especie; atentando contra  su sobrevivencia y contra  la  mismísima merluza, ya que interviene en la cadena alimentaria de ésta, y sobre la que sostiene toda  la industria pesquera y el empleo, es verdaderamente un desatino. Que  además  ello ocurra,  en  medio de  más prolongado  paro de la actividad de los últimos tiempos, es una  acabada  demostración, del desprecio que se tiene por el cuidado de los recursos naturales y el empleo, de parte de los responsables de la administración pesquera.

Pero; que la decisión de autorizar  la captura de calamar a  veinte nuevos buques, provenga del Consejo Federal Pesquero, que se supone representado  por  conocedores de la problemática pesquera de  las provincias del litoral marítimo,  es sencillamente  una determinación que requiere una  investigación en profundidad de las responsabilidades de sus miembros, ya que de la propia Resolución  7  dictada en mayo pasado, surgen  claramente, la  inconsistencias  para  aumentar las capturas de esta especie. 

El Calamar no es un tornillo, que la ferretería puede solicitarle mayor cantidad  al proveedor,  si la demanda de este elemento es alta. El calamar (Illex argentines) es un molusco, de cuerpo alargado y cilíndrico, con dos aletas triangulares grandes en la parte inferior del cuerpo y una boca rodeada de 10 brazos provistos de ventosas.   Una especie que tiene un ciclo de vida anual; con altas tasas de alimentación, crecimiento y mortalidad. Continuos nadadores, con amplias migraciones. 

Los administradores no  pueden ignorar  que  en  1987  se  capturaban en  Atlántico  Sur  650  mil toneladas por año, mientras que en el 2011  la Argentina desembarco unas 70 mil  y bajo  licencia inglesa otras 79 mil toneladas. Los que hace un total -con cifras inverificables- de 150 mil toneladas.

Tampoco que en los años 1982/83 las capturas llegaron a más de 200 mil toneladas, efectuadas por flotas extranjeras de Polonia, Japón, URSS, España, Alemania Federal y Democrática, que operaban en la Zona Económica Exclusiva Argentina, la de Exclusión de Malvinas y en el talud continental. 

¿Dónde están los 500 mil faltantes de este escurridizo animalito? Pues bien, desaparecieron por las pésimas administraciones pesqueras argentinas de los últimos 20 años y la irresponsable actitud del Reino Unido y de los que capturan con licencia inglesa o no en aguas argentinas, o las que migran o están asociadas biológicamente a nuestros recursos pesqueros.  

La Resolución 7 del 17 de mayo de 2012 del Consejo Federal Pesquero, que autoriza la presentación  de proyectos  de  explotación  del calamar  por parte de  veinte buques  poteros,  carece de todo fundamento técnico, productivo, político y estratégico y abre las puertas a  la captura de buques extranjeros en territorio marítimo nacional. 

Los que  tenemos  unos años en la pesca extractiva e  industrial,  llevamos en la memoria todos los  escándalos que provocaron los programas de captura de calamar; tanto por cuestiones judiciales  derivados del  costo del canon,  como por las denuncias de evasión  impositiva  y contrabando. Esperemos que este no sea un nuevo caso. 

Contrario,  a lo que  la Resolución manifiesta  en sus considerandos,  la Autoridad Pesquera  no ha efectuado un aprovechamiento integral del recurso, ni de las capturas o la mano de obra nacional desde el año 2000; basta observar que los desembarcos argentinos en el 2006 eran del orden de las 300 mil toneladas y en el 2011 se redujeron a sólo 70 mil. ¿Donde está la administración responsable y adónde la política internacional que asegure nuestros recursos y el empleo de los argentinos? 

La biología  no se maneja por decreto, ni por una simple  regla matemática;  y el incremento  del esfuerzo pesquero no necesariamente implica una mayor ocupación de mano de obra. Si  no  se conocen  las capturas máximas sostenibles del recurso y no hay un informe del INIDEP que acredite la disponibilidad de éste, se habrán de agregar más embarcaciones que competirán por la misma captura, provocando un quebranto en la empresa instalada y con ello la desocupación. 

La citada Resolución refiere a la Ley 24.922 y pretende basarse en algunos artículos para justificar la autorización de captura de nuevos buques; sin embargo, omite decir, que precisamente el artículo 1° de ella,  obliga a  promocionar  la sustentabilidad de la actividad pesquera, fomentando la conservación a largo plazo de los recursos y la obtención del máximo valor agregado y empleo de mano de obra argentina; cuestiones todas que incumpliría cuando  la  Resolución  no refiere  a un informe previo del INIDEP  que avale la disponibilidad, y al exigir sólo un 20% de proceso en tierra. 

Lo mismo podría decirse al invocar al artículo 7° de la Ley 24.922, al que incumple en su inciso b), ya que  -como nos hemos  referido-  la Resolución no se apoya en  investigaciones científicas y técnicas de los recursos pesqueros. Del modo el artículo 9° inciso c) de la misma Ley, donde obliga al Consejo Pesquero a establecer las capturas máximas en base a los datos proporcionados por el INIDEP. 

A esta altura, nadie podría dudar, que quienes dictaron la Res. Nº 11/06  -igualmente citada en los  considerandos del Consejo Federal Pesquero-  se basaron en la  información de los investigadores, quienes en función del análisis del ecosistema y la población total del recurso habrán determinado, el número y tipo de buques que podrían afectarse a  la captura del máximo  volumen  sostenible; pero de ninguna manera, el número de 104 buques poteros para el año 2006, podría  transpolarse graciosamente a los años siguientes; más tratándose de una especie con un ciclo anual. 

La decisión demuestra no  tener ni los más mínimos conocimientos de  los fenómenos biológicos en general y el ciclo anual de la especie en particular; tampoco respecto al gran esfuerzo pesquero sin control argentino  que realizan  embarcaciones extranjeras  (unos 200 buques asiáticos  y otros); los informes del INIDEP;  las malas temporadas de los últimos  cuatro  años, y lo que es peor  aún,  un  desconocimiento de la preocupación empresaria al respecto, que ya se ha manifestado contra  la Resolución del Consejo Pesquero. 

Así las cosas; de una cosa estamos seguros:  el calamar que  los  hipotéticos  veinte  buques  se dispondrían a capturar en el  2013  ya no estará en aguas argentinas para ese entonces; y es tan mala la idea que ni siquiera  limitaron  la captura a  la subpoblación de  Illex argentinus, cuyas  larvas se concentran en la costa de Santa Cruz,  y  ya adultos, migran hacia el talud continental para desovar y morir  en  alta mar  y  en  el área  argentina  de exclusión  impuesta por los ingleses en Malvinas; estrategia que  reduciría  la llegada de esa especie al área bajo control británico; pero, que debiera enmarcarse un plan global pesquero, que el gobierno jamás llevó adelante. 

En este estado, por la sola referencia en la Resolución en cuestión del artículo 26° y por ende del 7° ( inciso e)  de la Ley 24.922,  la Argentina podría ser denunciada ante las Naciones Unidas por incumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que obliga a los estados ribereños a una administración adecuada de  sus recursos pesqueros.  Hecho que repercutiría negativamente  en nuestra disputa con el Reino Unido por Malvinas,  al equilibrar la situación de hecho, que el Reino Unido ha llevado adelante de depredación del recurso pesquero, y de  contaminación del medio marino, debido a las exploraciones petroleras que se realizan  en Malvinas sin acuerdo de Argentina.

 Ciclo migratorio a Malvinas y Altamar de unas de las subespecies del Calamar

                      

Dr. César Augusto Lerena

cesarlerena@gmail.com

Ex Secretario de Estado. Autor de los libros “Industria Pesquera  Argentina. Reafirmación o decadencia” (1989); “Malvinas.

Biografía de la Entrega. Pesca la moneda de cambio” (2009); “Hacia una Soberanía plena en el Atlántico Sur” (2010).

 

Nota de la Redacción de Nuestromar

Nuestromar coincide con los conceptos del Dr. Cesar Lerena y en la búsqueda de una justificación a la actuación del los miembros del Consejo Federal Pesquero y tratando de pensar bien, estimamos que los representantes de las Provincias con litoral marítimo piensan que con el ingreso de estos 20 barcos poteros chinos van a solucionar el gravísimo problema que tienen en sus puertos y están muy equivocados.

Es decir que los Chinos ni van a estar dispuestos a pagar costos que duplican al del Puerto de Montevideo, ni van a embarcar tripulantes que no se van a poder adaptar  las condiciones de trabajo de sus barcos, y entonces aparecerán las excepciones.

Una vez hechas las excepciones de tripulantes y puertos, empieza el negocio para ellos (y sus asociados) no antes. Esas excepciones las van a gestionar sus socios argentinos y negocio para todos.

Señores, todo esto ya lo hemos vivido y si no fuera así sería un nuevo cuento chino

26/06/12

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